PRIMERA.- CONSENTIMIENTO DE LAS PARTES.- Las partes de común acuerdo manifiestan su voluntad para celebrar el presente Contrato cuya naturaleza jurídica es la compraventa al contado de Muebles de línea; por lo que El proveedor se obliga a transmitir la propiedad del Mueble de línea a favor de El consumidor, obligándose El consumidor a pagar como contraprestación un precio cierto y determinado.
SEGUNDA.- OBJETO.- El objeto del presente Contrato es la compraventa del Mueble de línea descrito en el Presupuesto que forma parte integral del presente Contrato.
TERCERA.- FORMA Y LUGAR DE PAGO.- El consumidor efectuará el pago correspondiente por Ia compraventa del Mueble de línea en efectivo y en el domicilio de El proveedor señalado en el presente Contrato, o en su caso, en la forma de pago legales que Las Partes acuerden, en moneda nacional sin menoscabo de poderlo hacer en moneda extranjera al tipo de cambio publicado en el Diario Oficial de la Federación al día en que el pago se efectúe.
El precio total que El consumidor se obliga a pagar por concepto de la compraventa del Mueble en línea es de $_______.______(_______Pesos______/______M.N.), más el lmpuesto al Valor Agregado de $_______.______(_______Pesos______/______M.N.),sumando un total de $_______.______(_______Pesos______/______M.N.).
En caso de que El consumidor realice el pago con cheque y no se cubra el pago por causas imputables al librador, El proveedor se reserva el derecho de realizar el cobro adicional del 20% (veinte por ciento) del valor del documento, por concepto de daños y perjuicios, en caso de que el cheque sea devuelto por causas imputables al librador.
El proveedor deberá entregar a El consumidor la factura que ampare el pago del precio total de la compraventa del Mueble de línea, documento que deberá cumplir con los requisitos que señalen las leyes mexicanas vigentes en materia fiscal.
El importe señalado en la presente Cláusula contempla todas las cantidades y conceptos referentes al objeto del presente Contrato; por lo que El proveedor se obliga a respetar en todo momento dicho costo sin poder solicitar a El consumidor otra cantidad no estipulada en el presente Contrato y su Presupuesto, a menos de que exista consentimiento por escrito de El consumidor de algún bien o servicio adicional solicitado, que devenga del objeto del contrato.
CUARTA.- ENTREGA DEL MUEBLE DE LÍNEA.- El proveedor se obliga a entregar el Mueble en línea objeto del presente Contrato, en el horario y domicilio indicado en el presente presupuesto, según lo solicitado por el El consumidor.  El proveedor será responsable de la perdida, daño o deterioro que sufra el Mueble de línea en caso de que sufriere un daño o pérdida en el trayecto de la entrega.
En caso de que El consumidor recoja el Mueble de línea en el domicilio de El proveedor, a partir de ese momento, El consumidor será responsable de la perdida, daño o deterioro que sufra el Mueble de línea.
El proveedor se obliga a instalar el Mueble de línea objeto de este Contrato siempre y cuando sea solicitado por El consumidor. En caso de que la instalación tenga algún costo, el mismo deberá de establecerse en el presupuesto del presente Contrato.
QUINTA.- GARANTÍA.- El Mueble de línea objeto del presente Contrato tiene una garantía de 90 días naturales contados a partir de la fecha de entrega del mismo. Para hacer efectiva la garantía, El consumidor deberá acudir al domicilio de El proveedor presentando por escrito el concepto de la reclamación. El proveedor deberá dar cumplimiento a la garantía dentro de los 5 días naturales siguientes, sin costo alguno para El consumidor.
En caso de que el fabricante del Mueble de línea otorgue una garantía mayor, deberá de especificarlo en el Presupuesto anexo al presente Contrato, para lo cual El proveedor deberá de indicar a El consumidor la forma en que podrá hacer valida dicha garantía.
SEXTA.- CANCELACIÓN.- “El consumidor” podrá solicitar la cancelación del presente Contrato dentro de los 5 (cinco) días hábiles siguientes a Ia firma del mismo, la cancelación a que se refiere esta Cláusula deberá de solicitarse por escrito en el domicilio de “El proveedor”, o en su caso a través de correo registrado o correo certificado. “El proveedor’ deberá de devolver íntegramente la cantidad recibida por concepto de pago en un plazo no mayor a 5 (cinco) días hábiles siguientes a la fecha de recibida la solicitud. La cancelación del presente Contrato no tendrá penalización ni costo alguno para “El consumidor” siempre y cuando la haya solicitado dentro de los 5 (cinco) días hábiles señalados en la presente Cláusula.
SÉPTIMA.- CAUSAS DE RESCISlÓN.- Serán causa de rescisión del presente Contrato, las siguientes:
a) El incumplimiento a las obligaciones establecidas en el presente Contrato.
b) Que El consumidor no realice el pago establecido en el presente Contrato y su Presupuesto.
c) El cobro forzoso por conceptos adicionales que no correspondan a lo estipulado en el presente Contrato.
d) Que el Mueble de línea no corresponda con las especificaciones y calidad establecidos en este Contrato.
e) Que el Mueble de línea no se pueda utilizar por contener vicios ocultos que afecten su óptimo funcionamiento.
OCTAVA.- PENAS CONVENCIONALES.- En caso de incumplimiento por alguna de Las partes a las obligaciones objeto del presente Contrato, originará a cargo del responsable una Pena convencional equivalente al 15% del importe total de la compraventa del Mueble de línea. En caso de ser El proveedor quien incumpla, además de la pena convencional antes citada, deberá devolver las cantidades pagadas por parte de El consumidor.
Esta sanción se estipula porque haya retraso en el cumplimiento de las obligaciones establecidas en el presente Contrato, sin perjuicio del derecho que tienen Las partes de optar entre exjgir el cumplimiento del Contrato o rescindirlo.
En de que alguna de Las partes requiera el pago de la Pena Convencional, deberán solicitar por escrito el pago de dichas penas, debiendo hacer el pago en los 15 (quince) días naturales siguientes de haber recibido la solicitud del pago de la pena convencional.
NOVENA.- RECLAMACIONES Y DEVOLUCIONES.- En caso de que el Mueble de línea no sea el solicitado y especificado en el Presupuesto, o no corresponda a la calidad, marca y características establecidas en el presente Contrato, El consumidor podrá formular por escrito la reclamación, devolución y/o reembolso relacionado con el Mueble de línea objeto del presente Contrato, en el domicilio y en el horario señalado en las Declaraciones de este Contrato, siempre y cuando el Mueble de línea no haya sido alterado por parte de El consumidor y/o en su caso el “El proveedor” estará obligado a restituir el Mueble de línea por uno nuevo de la misma calidad, de conformidad con la legislación correspondiente.
DÉCIMA.- AVISO DE PRIVACIDAD.- Previo a la firma del presente Contrato y en cumplimiento a lo dispuesto en la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares, El proveeedor hizo del conocimiento a El consumidor del aviso de privacidad, así como el procedimiento para ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición al tratamiento de sus datos personales en adelante, derechos ARCO.
DÉCIMA PRIMERA.- COMPETENCIA.- La Procuraduría Federal del Consumidor es competente en la vía administrativa para resolver cualquier controversia que se suscite sobre la interpretación o cumplimiento del presente contrato. Sin perjuicio de lo anterior, Las partes se someten a la jurisdicción de los Tribunales competentes en (indicar el luqar donde se firma el presente contrato), renunciando expresamente a cualquier otra jurisdicción que pudiera corresponderles, por razón de sus domicilios presentes o futuros o por cualquier otra razón.
Leído que fue por las partes el contenido del presente Contrato y sabedoras de su alcance legal, lo firman por duplicado en la Ciudad de _______a los _______ días de mes de del año _______.